Entendemos por acción
toda aquella inserción laboral que se produce en empleo ordinario mediante la metodología del empleo con apoyo.
Nos referimos por acciones solicitadas a aquellas acciones que cada entidad participante presenta (después de haberse asegurado del cumplimiento de los requisitos exigidos por el Programa) para valorar su financiación.
Las acciones pueden ser de nueva inserción o de mantenimiento:
- Nueva inserción: acciones correspondientes a aquellos candidatos por los que la entidad solicita su financiación y que en anteriores convocatorias no ha sido financiado.
- Mantenimiento: acciones correspondientes a aquellos candidatos por los que la entidad solicita su financiación y que previamente ya ha sido financiado en alguna convocatoria anterior.
NOTA: un candidato sólo podrá ser acción de nueva inserción una vez, es decir, la primera vez por la que se otorga financiación, en sucesivas convocatorias podrá ser presentado como acción de mantenimiento siempre que cumpla con los requisitos establecidos para ello.